Se ADMITEN los recursos de apelación interpuestos por los profesionales del derecho ÁNGEL RAMÓN ZAMORA, SONSIRETH ASGALYN PERDOMO DE GERARDO, FREDDY RAFAEL CABRERA LARES, RAMÓN RAMOS y DANIEL MARIÑO SANTANDER, contra la sentencia publicada por el Primero (1º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, de fecha 26 de julio de 2.013 mediante la cual dicho Órgano Jurisdiccional condenó a los ciudadanos TAPIA UZCATEGUI MANUEL AURELIO, PLAZA FRANCISCO JOSÉ, VÁSQUEZ ANDRADE XAVIER ANTONIO, y CAMACHO MARTÍNEZ DEISY EMPERATRIZ, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 149 encabezamiento de la Ley Orgánica de Drogas y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, tipificado y penado en los artículo 6 y 16 numeral 1 ambos de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada.