Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 242, 254, 506 del Código de Procedimiento Civil y el literal "a" del artículo 40 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, en concordancia con los artículos 1.354, 1.159 y 1.160 del Código Civil, PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por ANTONINO MORIELLA RISINO, venezolano, mayor edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.857.992, contra la sociedad mercantil "PLACAS MADERA PANAMERICANA, C.A.", debidamente inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Bolivariano de Miranda, bajo el N.....