En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda Extensión Barlovento, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Acuerda la Sustitución de la medida cautelar sustitutiva de fianza, relevando al imputado JEAN CARLOS MARIÑO ANGULO Venezolano, mayor de edad de 25 años de edad, cedula v.- 16.096.181, Y AL CIUDADANO YHONATAL ARENAS ANGULO Venezolano, mayor de edad de 19 años de edad, cedula v.- 20.032.747, de presentar fiadores, manteniendo una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD contenida en el artículo 256 ordinal 3º, 4° y 9° en relación con el artículo 260 del código Orgánico Procesal Penal. Para lo cual Ofíciese a la oficina del alguacilazgo a los fines de la verificación del cumplimiento de las presentaciones. Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión, notifíquese a las partes y líbrese la corre.....