...DECRETA: Seguir el Procedimiento Ordinario y la libertad inmediata del Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, según el artículo 665 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, asimismo se le aplican las medida cautelar establecida en el artículo 582 literal "C" ,de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, presentación cada ocho (08) días, por el lapso de tres meses, antes el Tribunal de la causa. Provéase lo conducente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.