...Se DECRETA LA DETENCIÓN FLAGRANTE del ciudadano LEONARDO FRANCISCO BLANCO UMBRIA, por cuanto se cumplen los requisitos contenidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme a lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal y 280 281, y 283 ejusdem por cuantos considerara el tribunal que sirva para la exculpación e inculpación del referido imputado.
TERCERO: Observa este Tribunal que estamos en presencia de un hecho punible, cuya acción penal no se encuentran evidentemente prescrita y existen fundados elementos de convicción para considerar que el imputado ha sido autor o partícipe en la comisión de los hechos punibles imputados, por lo que en lo que respecta al ciudadano LEONARDO FRANCISCO BLANCO UMBRIA, este tribunal le impone las Medidas Cautelares relativas a los numerales 2°,3°,5° y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, relativas.....