Se declaró TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos LIBIA ELIZABETH MARTINEZ DE VILLEGAS Y FERMIN NESTOR VILLEGAS, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 6.371.437 y V- 4.841.475, en su orden; sobre unas bienhechurías constituidas por una (1) vivienda unifamiliar de dos (02) niveles; con un área de construcción total aproximada DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y UN CENTIMETROS (277.71 M2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, la cual declaran los solicitantes haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno con una superficie aproximada de UN MIL CIENTO VEINTISIETE METROS CON OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS (1.127.80 MTS2), ubicada en la Urbanización San Juan, Parcela No. 21, San Antonio de los Altos, Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos; el cual le pertenece según se desprende de docume.....