VI
DECISION
Vistas las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción judicial Estado Miranda, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil Vigente. PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio 185-A, DECLARA DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: RODOLFO ANTONIO MENDEZ BRITO y DAYANA DEL VALLE SANCHEZ PLAZA, venezolanos, mayores de edad, residenciados el primero en Urb. San Antonio, Bloque 17 apt, 4-3, piso cuatro, Parroquia el valle, Distrito capital y la segunda en la Calle las brisas, de la Parroquia Caucagua del Municipio Acevedo del estado Bolivariano de Miranda, titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.346.361, V-10.699.658, respectivamente. En fecha Ocho (08) de Octubre de (1994), según se evidencia del acta Nº 08, folio Nº 22, ins.....