este Juzgado del MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con los artículos 12, 243 y 890 del Código de Procedimiento Civil y 34 Literal "B" del Decreto con Rango y Fuerza de la ley de Arrendamientos Inmobiliarios, declara CON LUGAR LA DEMANDA POR DESALOJO, intentada por el ciudadano: JOSÉ RAFAEL BORREGO SOTO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N°. V- 12.976.445, representado por la abogada: NORMA ROJAS DUARTE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 31.585 y titular de la cédula de identidad N°. V- 4.285.115, contra la ciudadana: DAISY IVONE HERRERA ROSADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V- 22.566.725, asistida por el abogado ROGER MENDEZ, Venezol.....