Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, en consonancia con el criterio establecido en sentenciaNº 693 del 02 de junio de 2015, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por la ciudadana JOHANNA DEL VALLE SALAS SUBERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-14.286.121, debidamente asistida por la abogada JAIDYS VALBUENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 206.041,en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 27 de febrero de1998, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia 23 de Enero del Municipio Lib.....