....PRIMERO: Se acuerda proseguir el presente proceso por la vía del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se otorga medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad a favor del imputado, GARCIA JULIENT DAIVISEDEK LURENS , venezolano, nacido en Caracas Distrito Capital, nacido el día 11-10-72, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.698.437, estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Barbero -Peluquero, hijo de Vicelcia de García (v) y Víctor García (V), domiciliado en: Bloque 38 de Vicente Emilio Sojo piso 03 apartamento 308 Guarenas Estado Miranda, es decir, deberá presentarse cada TREINTA (30) DIAS ante la Oficina de Presentación de Imputados llevada por el Alguacilazgo de esta Extensión del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, por un lapso de seis meses y la prohi.....