...Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, ubicadas en la siguiente dirección Urbanización Arnaldo Arocha "Las Casitas", Calle Damaso Blanco, Casa Nro. 111, Guatire, Municipio Autónomo Zamora, del Estado Miranda, con los siguientes linderos: NORTE: En 16,15 Mts2 con Calle Damaso García; SUR: En 12,16 Mts2 con Canal de Desague; ESTE: En 16,30 Mts2, con Casa del Señor ÁNGEL SÁNCHEZ y OESTE: En 8,80 Mts2 con Modulo de Barrio Adentro, con una superficie de construcción de 78,28 Mts2, a favor del ciudadano: ALCIDES RAFAEL PATIÑO SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, Titular de la Cédula de.....