emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al ciudadano PANTOJA ESPINOZA DICSON MANUEL, venezolano, natural de Caracas, nacido el día: 10-07-1987, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V- 18.557.333, de estado civil: soltero, domiciliado en: casa Nro 50, calle Padre Sojo, frente a la DISIP, Guatire Municipio Zamora, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y SIETE (07) MESES DE PRISIÓN,por ser autor responsable de la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y DAÑOS A LA PROPIEDAD PRIVADA, previsto y sancionado en el artículos 458, en relación con el 80, 277 y 473, todos del Código Penal vigente; pena que cumplirá en las formas y condiciones que establezca el Tribunal de Ejecución correspondiente, e igualmente se condena a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal.
CONDENA al imputado MORALES ELIECER JOHAN, venezolano, nacido en fecha: 18-11.1988, soltero.....