Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio presentada por el ciudadano JULIO CESAR LUGO ZABALA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-13.537.400, en contra de la ciudadana NINOSKA VIRGINIA AGUILERA GRANADO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-15.326.382, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha veinticuatro (24) de octubre del 2008, por ante el Registro Civil de Personas y Electoral de la Parroquia El Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta en la copia certificada del Acta Nº 116, en los Libros de Registro de Matrim.....