Vista la suficiencia de la documentación producida por la solicitante, y verificado el error de forma manifestado por el referido, este tribunal de manera sumaria ORDENA al Registro Civil del Municipio Los Salias y al Registrador Principal del Estado Miranda, realizar la debida nota marginal en el ACTA DE DEFUNCIÓN Nº 101 del ciudadano JAVIER ENRIQUE QUINTERO, expedida por el Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Miranda en fecha once (11) de junio de dos mil doce (2012), folio Nº 101, folio Nº 101, Año 2012, a fin de que se escriba correctamente el estado civil del De Cujus, todo ello en el entendido de que donde se lee "de nacionalidad Venezolana, cuarenta y nueve (49) años de edad de estado civil Soltero, de profesión Odontólogo " debe leerse: "de nacionalidad Venezolana, cuarenta y nueve (49) años de edad de estado Civil Casado, de profesión Odontólogo"