este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos RAFAEL ARTURO BALESTRINI ÁLVAREZ, ODREANA KARINA BALESTRINI ÁLVAREZ, ALEJANDRA KARINA BALESTRINI ÁLVAREZ y ALEJANDRO ARTURO BALESTRINI ÁLVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad NROS V-10.869.909, V-10.869.910, V-17.115.474 y V-17.286.938, respectivamente; en su carácter de hijos de la causante ZARIA JOSEFINA ÁLVAREZ BRITO, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.222.130, quien falleció en el día Primero (1°) de Agosto de 2016