Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción judicial del Estado Bolivariana de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la partición y liquidación amistosa de bienes conyugales, en los mismos términos y condiciones expuesta por los ciudadanos MIRIAN ANTONIETA SIVERIO y MANUEL ALBERTO GALLEGOS MONCADA, suficientemente identificados.
Así mismo, vista la solicitud de dos (2) juegos de copias certificadas del escrito de partición y de la presente homologación, este Tribunal, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, lo acuerda por ser procedente; en el entendido que las mismas se expedirán consignados como seas los respectivos fotostatos.