este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos CRUZ TERESA ZERPA de HIDALGO, HUMBERTO JOSÉ HIDALGO VELÁSQUEZ, OMAIRA YSABEL HIDALGO VELÁSQUEZ, PEDRO JOSÉ HIDALGO ZERPA y JHONATHAN GUILLERMO HIDALGO ZERPA, todos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros 3.808.979, 10.871.075, 12.866.348, 18.249.206 y 18.994.253, en su orden; con el carácter de causahabientes, siendo esposa e hijos del causante, ciudadano HUMBERTO JOSÉ HIDALGO MUJICA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro 2.954.012 y falleció en fecha diecinueve (19) de julio de dos mil dieciséis (2016),