Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley decide : ACEPTAR la FIADORA: PUERTAS JESSICA DEL MAR, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.686.947, ofrecido por la madre del imputado SALAS LEDEZMA JOHANGEL JOSE, quién es venezolano, natural de Los Teques, de 19 años de edad, soltero, sin profesión u oficio definido, domiciliado en Comunidad Brisas de Oriente, Calle Principal, Casa N° 57 al lado del Módulo de la Policia, Municipio Carrizal, Estado Miranda y Titular de la Cédula de Identidad N° V-16.370.575, de conformidad con el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Publíquese, déjese, copia autorizada, líbrese boleta de excarcelación. Notifíquese. CUMPLASE.
Dada, firmada y sellada en al Sala de Audiencias del Tribuna.....