...Se declara SIN LUGAR la excepción opuestas por la Defensora Pública DRA. JUSMAR CASTILLO, en representación del imputado REGALADO GERDEL ENYERBEL YORNEY, establecida en el artículo 28 numeral 4 literal "i" del Código Orgánico Procesal Penal, por evidenciarse que la acusación formulada en fecha 24-11-2009, por la Representación Fiscal, dio cabal cumplimiento a todos los requisitos de forma, establecidos en el artículo 326 del texto adjetivo penal; en consecuencia, se declara Sin Lugar la solicitud de Sobreseimiento, a que se refiere el artículo 33 numeral 4 ejusdem. SEGUNDO: Se Admite totalmente la Acusación interpuesta por el Ministerio Público, en contra del ciudadano REGALADO GERDEL ENYERBEL YORNEY, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1°, en concordancia con lo previsto en el artículo 424 del Código Penal; en perjuicio de quien en vida respondiere al nombre.....