...PRIMERO: Se califica la flagrancia del hecho por el cual resultaron aprehendidos los ciudadanos WYNDY DESIREE PEREZ RIVERO, titular de la cedula de identidad numero V-14.481.084; CALCURIAN ELIS ANTONIO, titular de la cedula de identidad numero V-5.005.360; JAVIER ORTEGA SEQUERA, titular de la cedula de identidad numero V-14.851.118 y ESCOBAR ZAPATA NELSON, titular de la cedula de identidad numero V-8.810.387; por encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 373 ejusdem; hecho este que se subsume en la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; situación esta que implica que nos encontramos en el supuesto de excepción a la inviolabilidad del derecho a la libertad personal, establecido en el artículo.....