DECLARA EXTINGUIDA LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA impuesta al ciudadano PEÑA VERA JEAN JOSE venezolano, natural de Altagracia de la Montaña, nacido el 24/09/1.981, soltero, residenciado en el Sector El Palillo, Altagracia de la Montaña, Casa Nro. 40, Los Teques, Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.119. 441, en consecuencia se DECRETA SU LIBERTAD PLENA, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal en concordancia con lo dispuesto en el numeral 1. del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.