Por lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ACUERDA imponer al ciudadano MANUEL MARCOS PEREIRA, titular de la Cédula de Identidad No E- 81.191.146, las medidas cautelares contenidas en los ordinales 2° y 9° del artículo 256 del texto adjetivo penal, por lo que este ciudadano, deberá presentarse cada quince (15) días por la oficina del alguacilazgo de este circuito judicial y sede durante un lapso de seis meses. Ahora bien, en virtud de que igualmente se le impone al ciudadano la medida innominada establecida en el ordinal 9°, y tratándose en el presente caso de lesiones producidas a un niño y siendo que se hace necesario coadyuvar a los padres a solventar los gastos médicos, es por que se le impone al imputado la obligación de costear; en la me.....