CAPÍTULO VI
DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, REVOCA la decisión proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 10 de octubre de 2016, y REPONE la causa al estado de se ordene la publicación del edicto que prevé el último aparte del artículo 507 del Código Civil, acatando la doctrina de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, manteniéndose la vigencia de la admisión de la demanda, y se declara la nulidad de todas las actuaciones posteriores al auto de admisión de la reforma de la demanda proferido el 14 de abril de 2014 (exclusive), por cuanto el contenido de la mencionada norma es de eminente orden público, y por lo ta.....