V
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por el abogado DEIBY OMAR HERNÁNDEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la demandada, ciudadana IRAIMA BETZAIDA ANDRADES RUIZ, contra la decisión dictada en fecha 22 de noviembre de 2016, por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Guatire, a través del cual se NIEGA la solicitud de nulidad del proceso peticionada por el prenombrado profesional del derecho; y en tal sentido, se CONFIRMA la referida disposición.
Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas.