Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de admitir nuevamente la presente demanda que por DESALOJO incoara la sociedad mercantil PROMOCIONES Y VALORES LOS TEQUES, C.A., contra la ciudadana ADELIS CLARIZA CUBILLAN ROJAS, plenamente identificadas en autos, por las reglas del procedimiento breve, en atención a la remisión expresa del artículo 33 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Arrendamientos Inmobiliarios, debiendo ordenarse el emplazamiento de la parte demandada a través de los medios tecnológicos de información y comunicación (TIC´s), cursantes en el presente expediente y plenamente validados por la accionada; motivo por el que se declara la NULIDAD de todas las actuaciones posteriores al auto de admisión de fech.....