V
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación presentado por la abogada WIECSA SANTOS MATIZ, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana EMILIA GONZÁLEZ ESTÉVEZ, y en tal sentido, se REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en fecha 30 de enero de 2017; por consiguiente, habiéndose verificado que en este juicio no existió la perención breve de la instancia declarada por el a quo en el proceso, es por lo que este juzgado superior ORDENA al tribunal antes mencionado, la continuación de la causa al estado en que se encontraba para el momento de proferir el fallo revocado en esta oportunidad.
Dada la na.....