Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos EMILIO JOSÉ ROJAS FARFÁN y LEOPOLDO JACINTO BERMÚDEZ, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 9 de enero de 2024, la cual se REVOCA en todas y cada una de sus partes, y por consiguiente se ordena al referido órgano jurisdiccional que emita un nuevo pronunciamiento sobre la admisión de la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por los prenombrados contra elciudadano HERWIN FRANKLIN PADRÓN MENDOZA,, plenamente identificados en autos, excluyendo la causal contenida en el cardinal 4 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Ampar.....