Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Giovanna Barbera Giambrone, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.680.805, debidamente asistida por el abogado JOSÉ MIGUEL LOMBARDO GIAMBALVO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.541, contra el auto dictado en fecha 20 de noviembre de 2002, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, mediante la cual se declaró SIN LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por la supra indicada ciudadana. En consecuencia se confirma en los términos aquí indicados la sentencia recurrida.