Mal podía este Juzgado impartirle la homologación en fecha 5 de noviembre de 2002, es decir, 23 días antes de su celebración, lo cual constituye, sin duda alguna, un error de naturaleza material, que este Tribunal, en uso de las facultades que le confiere el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 252 eiusdem, procede a corregir