este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana, MARÍA DE LOURDES GUDIÑO DE IBARRA, Venezolana, casada, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.587.936 respectivamente. Sobre la parcela distinguida con el N° 19, ubicada en la calle El Carmen de la población de Santa Teresa del Tuy, Jurisdicción del Municipio Autónomo Independencia