Este Tribunal por cuanto observa que se encuentran llenos los extremos de Ley establecidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre Treinta (30) Acciones pertenecientes al ciudadano PEDRO RAFAEL SILVA CARRILLO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-8.990.163,