este JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en Cúa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Condena al adolescente: (IDENTIDAD Y DATOS PROTEGIDOS), por la comisión del delito de ROBO IMPROPIO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto en el artículo 456 del Código Penal y lo condena a cumplir la sanción de UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA, tal y como lo dispone en Artículo 620 literal "b" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Artículo 626 Ejusdem. Dicha sanción, conforme a la normativa legal establecida consistirá en que el adolescente (IDENTIDAD PROTEGIDA), estará sometido a la supervisión, asistencia y orientación de la persona que bien sirva designar el Juez de Ejecución del Circuito Judicial Penal con sede en Los Teques, para hacer el correspondiente seguimiento al presente caso. TERCERO: En este estado, se da por .....