...declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos OMAR ALFONSO HERRERA SALAZAR y MARY SOLEDAD DUBOY ESCALONA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cedulas de identidad Nos. V-2.947.644 y V-646.944, respectivamente, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 28 de mayo de 2004, ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Autónomo Carrizal del Estado Miranda, según consta en Acta de Matrimonio Nº 30, folio 30, del año 2004, todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil. QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIÓ.