...declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos SIMON JAVIER DEL VALLE MORALES OCHOA y RITA CONSUELO TROCONIS BORJAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos. V-4.843.157 y V-5.853.164, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 16 de diciembre de 2006, ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Guásimos del Estado Táchira, según consta del Acta de Matrimonio Nº 183 del año 2006;
todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil. QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIÓ.