...DECLINA SU COMPETENCIA EN RAZÓN DEL TERRITORIO, para conocer la presente solicitud, incoada por los ciudadanos BLANCA MARINA SANCHEZ SAEZ, PAULISABLE RAMIREZ SANCHEZ y LUÍS ALBERTO RAMIREZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.295.589, V-16.888.541 y V-18.539.744 respectivamente, en un Juzgado de Municipio del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda. En consecuencia, se ordena remitir de inmediato, junto con oficio la presente solicitud al Juzgado Distribuidor de Municipio del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda.
En mayor abundamiento, se observa una disparidad en cuanto al segundo apellido de la ciudadana "BLANCA MARINA", toda vez que en el escrito que encabeza las actuaciones, al igual que en el acta de matrimonio cursante al folio 05, aparece como "SANCHEZ SAEZ", mientras que en la copia de su cédula de identidad, y en el acta de defunción de su cónyuge, aparece como "SANCHEZ.....