...declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos RICHARD SALVATORE SPITALE ÁLVAREZ y JOHANA DUVELY SALAZAR JARDÍN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.043.965 y V-14.216.461, respectivamente, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 21 de diciembre de 2001, ante la Prefectura del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, según consta en Acta de Matrimonio Nº 356, folio 356 y vto., del año 2001, todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil. QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIÓ.