Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Ocumare del Tuy, administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de ACCIÓN MERO DECLARATIVA intentada por la ciudadana, TRINA ENCARNACIÓN ASTUDILLO AGUILERA