DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus CARLOS COROMOTO FLORES, quien en vida fue venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.558.899 y quien falleció Ab-intestato, en fecha 01 de Marzo del 2015, en su condición de esposa y hijos del causante, a los ciudadanos: MARIA JOSEFINA LEON DE FLORES, ASTRID ANDREINA FLORES LEON, ILICH RADAMES FLORES LEON, CARLOS SAMIR FLORES LEON, ampliamente identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte in.....