PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada Laura Rojas Rodríguez, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en fecha 18 de julio de 2007.
SEGUNDO: SE CONFIRMA CON DIVERSA MOTIVACIÓN el auto de fecha 18 de julio de 2007, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que negó la solicitud de apostamiento de efectivos de la Guardia Nacional.
TERCERO: Se ordena notificar a las partes del presente fallo, en virtud de haber sido dictado fuera del lapso legal, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Se ordena remitir el expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en su debida oportunidad legal.