Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA CAUSA, seguida al Adolescente: IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, por la presunta comisión del delito de POSESIÒN DE SUSTANCIAS ESTUPERFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto en el articulo 36 de la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, SEGUNDO: Se decreta en consecuencia la libertad plena del adolescente, y el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y aseguramiento impuestas y la condición de imputado. En virtud que en fecha 16-07-2004, le fue acordada La Medida LIBERTAD PLENA,. TERCERO: notifíquese a las partes conforme a lo previsto en los artículos 175 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la protección del.....