SEXTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 496 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con los artículos de conformidad con los artículos 155, 156, 157, 158, 159 y 160, en relación con el artículo 15 numerales 6 y 15, en relación con el articulo 16 numeral 4, 17 numerales 2 y 3 y 63 del Código Orgánico Penitenciario, al penado JOHANSON ALEXANDER SÁNCHEZ MENDEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-22.690.31, plenamente identificado, NO se le tomara en cuenta la redención por el trabajo y/o estudio, por encontrarse en libertad, bajo las medidas cautelares sustitutivas a la medida de privación judicial preventiva de libertad, prevista en el articulo 242 numerales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se ordena oficiar al Presidente del Consejo Nacional Electoral, con el objeto de informar sobre la pena accesoria impuesta como lo es la Inhabilitación Política, a la Dirección de Antecedentes Penales, a los fines de solicitar los antecedentes penales e in.....