ORDENA LA APERTURA A JUICIO de los imputados ANTONIO MIGUEL ROMAN SALAZAR y ELBIS RODOLFO MENDIBLE CURVELO quienes son venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad N° 13.287.429 y 17.765.793, plenamente identificada en autos, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal.