...decreta PRIMERO: En virtud de los hechos antes expuesto, este Tribunal se acoge a la precalificación realizada por el Ministerio Público, como lo es el delito de DETENTACIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 276 y 277 del Código Penal. SEGUNDO: Se acuerda la continuación por el procedimiento Ordinario para el esclarecimiento de los hechos denunciados. TERCERO: Se le impone al adolescente presente en sala, la medida cautelar establecida en el artículo 582 literales "C" de la LOPNNA, lo que se traduce en la presentación dos veces por semana, es decir los días Lunes y Viernes, por ante el Tribunal del Municipio Paz Castillo del Estado Miranda. CUARTO: Se acuerda remitir las presentes actuaciones al tribunal de los Municipios Paz Castillo, con sede en santa Lucia del Tuy, en virtud de que los hechos ocurrieron en Jurisdicción de ese Tribunal. CUARTO. Quedan notificadas las partes del presente pronunciamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Códi.....