DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LOS VALLES DEL TUY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano TERAN PRUDENCIO, titular de la cédula de identidad número V-1.287.454, en contra de la Sociedad Mercantil ALFARERIA CONTINENTAL, C.A, por motivo de COBRO DE SALARIOS CAIDOS, UTILIDADES, VACACIONES, BONO VACACIONAL y BONO DE ALIMENTACIÓN. Segundo: NO PROCEDE el pago de los siguientes conceptos: (i) Utilidades Vencidas, (ii) Vacaciones Vencidas, (iii) Bono Vacacional, y (iv) Bono de Alimentación. Tercero: SE CONDENA a la parte demandada a pagar al actor la cantidad.....