Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por los Abogados ORLANDO SANTORO SCATTOLINI, ANTONIO AMENDOLIA DRAGA y OFELIA CHAVARRIA DE TORREIAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 41.120, 22.940 y 41.361, respectivamente, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte intimada, Sociedad Mercantil R.V. RODOVIAS DE VENEZUELA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 04 de mayo de 1989, bajo el No. 16, Tomo 42-A-Sgdo., contra la decisión dictada en fecha 10 de junio de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Segundo: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogados ELICEO OLIVIER, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 95.815, respectivamente, actuando en nombre propio y representación, contra la decisión dictada en fecha 10 de junio de 2013, por el Juzgado Segundo .....