En virtud de las razones que anteceden este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución, del Circuito Judicial Penal, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley ACUERDA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, al penado MARTIN CRESPO, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-06.099.398, el cual culminará en fecha 27/03/2005, que deberá cumplir en SECTOR 1RO DE MAYO SUR CALLE MIGUEL RODRIGUEZ CASA NRO 14, ROSARIO DE PAYA, TURMERO ESTADO ARAGUA, Líbrese anexa Boleta de Excarcelación y Citación a los fines de que comparezca y se comprometa a dar cumplimiento a las condiciones fijadas en la presente decisión.