Acuerda en esta misma audiencia, la SUSTITUCIÓN de la medida Cautelar prevista en el artículo 582, literal "G" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impuesta a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de los delitos de: HOMICIDIO INTENCIONAL, ROBO AGRAVADO y DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto en los artículos 405,458 y 277 todos del Código Penal, en perjuicio de GERALDINES IRENE NUÑEZ (OCCISA) y ANTONIO KEY (OCCISO), por las medidas cautelares sustitutivas de libertad previstas en los literales "c, d, e y f" ejusdem, las cuales consisten en: 01) se le fija un régimen de presentaciones de cada (08) días, a partir de la presente fecha por ante la sede de este Despacho.