En razón de lo anteriormente expuesto, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN BARLOVENTO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ÁNGEL RAMÓN ZAMORA AÑAZCO, en su condición de defensor privado del ciudadano WOLFANG ALBERTO VALBUENA SEVILLANO, contra la decisión de fecha 27 de noviembre de 2014, dictada por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano WOLFANG ALBERTO VALVUENA SEVILLANO, a cumplir la pena de trece años y seis meses de prisión por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORÍA, tipificado en los artículos 458 en concordancia con el 83 ambos del Código Penal. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión.....