Se DECLARÓ TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JORDAO MENEZES DE GOUVEIA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 10.282.530, sobre unas bienhechurías constituidas por una vivienda unifamiliar distribuida de la siguiente manera: PLANTA NIVEL, PLANTA BAJA y PLANTA ALTA, la cual tiene un área de construcción de QUINIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA DECÍMETROS CUADRADOS (568,70 m2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan por reproducidas, las cuales declara el solicitante haber construido con dinero de su propio peculio, en un lote de terrero con una superficie aproximada de UN MIL SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO CENTÍMETROS (1.068,58 m2), ubicado en el Fundo Santa Rosa, Potrero Gordo, Sector el Amarillo, Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos, el cual le pertenece al solicitante según se despre.....