Por los argumentos antes expuestos, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio 2° del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectúa el siguiente pronunciamiento: se CONDENA al ciudadano SAÚL JESÚS POMPA , venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° 14.584.211, residenciado en la calle Los Lirios, casa N° 51, Guatire, Estado Miranda a la pena de dos (02) años y ocho (08) meses de presidio, por el delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, por aplicación del Procedimiento por ADMISIÓN DE LOS HECHOS de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo la pena el resultado de la aplicación de dicho artículo, debiendo permanecer, dicho ciudadano, en el centro de reclusión del Rodeo II, hasta que el Tribunal de Ejecución que conozca, determine el centro de cumplimiento de pena qu.....